La trampa de Deducir Aportaciones a tu Fondo de Ahorro para el Retiro ¿realmente conviene?

Cierto. Es posible que el gobierno te devuelva impuestos si deduces tus aportaciones a tu ahorro para el retiro durante tu declaración anual. Afores, agentes de seguros y asesores patrimoniales lo sugieren. Pero, ¿Conoces todas las consecuencias? La posibilidad de recuperar impuestos es sólo la mitad de la historia…

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Antecedentes

La posibilidad de deducir aportaciones al ahorro para el retiro, es como el gobierno incentiva a la población a ahorrar para su vejez. El gobierno es consciente que las aportaciones a la AFORES no son suficientes para que tengamos un retiro digno.

Adicionalmente, los apoyos gubernamentales a la tercera edad (Vg. la pensión universal) son sólo eso: un apoyo. Su fin no es ser la solución a las necesidades de liquidez de una población de cada vez mayor edad, solo es para que no mueras de hambre en tu vejez garantizándote por lo menos el acceso a los gastos básicos (Olvidate de tu estilo de vida, solo es para medio comer).

En base a lo anterior, el gobierno ha puesto candados para garantizar que tu ahorro lo utilices para tu retiro, y no para algún proyecto personal como poner un negocio, comprar tu casa o realizar un viaje.

Finalmente, es importante considerar que en México, así como se alcanza la mayoría de edad a los 18 años, la edad legal de retiro son los 65 años… Hasta este momento. Uno de los cambios que se están considerando para la posible reforma al sistema de pensiones, es que la edad legal de retiro se incremente a los 68 años (Por lo menos).

Candados a considerar al deducir aportaciones

Candado 1: No debes retirar tu dinero antes de los 65 años

El monto que retires antes de la edad legal de retiroMitos de la sexualidad en la vejez. | Folienset tienes que acumularlo, durante tu declaración anual de ese año, al total de tus ingresos.

Artículo 151 de LISR; Sección V, Párrafo 3

El objetivo es que pagues impuestos sobre el dinero que retiraste (ya sea capital o rendimientos), y de esta manera regreses a Hacienda los impuestos que, en su momento, ella te devolvió.

¿Injusto? Realmente no. Se te devolvieron impuestos porque te comprometiste implícitamente a destinar esos recursos para tu retiro. Si retiras tu dinero antes de los 65 años, no estás cumpliendo con tu compromiso.

Candado 2: No puedes retirar más de 462 mil pesos al año

Como decíamos anteriormente, la idea de permitirte

Te quedaste sin trabajo por la emergencia sanitaria? Así puedes ...

hacerlo deducible es que lo utilices para tener flujo de efectivo durante tu retiro. Es decir, que complemente tú pensión, y no que lo gastes todo en un viaje al rededor del mundo para celebrar tus 65 años.

A partir de los 65 años puedes hacer retiros cada mes, o hacer un único retiro al añ

o. Eso no le interesa al fisco. Pero el monto total anual no debe rebasar los 15 UMAs anualizados.

Artículo 93 de LISR; sección IV

En caso de rebasar el monto anterior, tendrás que pagar impuestos por el excedente.

Candado 3: Carga fiscal para tus beneficiarios

Al momento de contratar tu fondo para el retiro, designas beneficiarios ¿Correcto? La idea es que, si a ti te pasara algo, ellos reciban el monto que hayas logrado reunir.

Pues bien. Como la premisa es que el ahorro es para tu retiro, el que lo reciban tus hijos, nietos, ¡Incluso tu pareja!, conlleva que no cumpliste con tu compromiso.

En caso de fallecimiento, tus beneficiarios tendrían que acumular el monto recibido a sus ingresos, y pagar los impuestos correspondientes.

Artículo 151 de LISR; Sección V, Párrafo 4

¡Es injusto!” Muy posiblemente estés pensando. Y posiblemente lo sea. Personalmente considero que la muerte no debería interpretarse como “incumplimiento del compromiso, ya que el momento de morir, en la mayoría de los casos, no está en nuestras manos elegirlo. Sin embargo, más allá de lo que tú y yo pensemos, así está estipulado en la ley.

Nota importante: Si tu ahorro personal para el retiro está en tu AFORE, y éste es destinado a la pensión por viudez u orfandad de tu esposa o hijos, este candado no aplica. La pensión es un ingreso diferente e independiente a la devolución de aportaciones voluntarias.

Entonces, ¿Me conviene deducir aportaciones a mi fondo para el retiro?

Es difícil dar una respuesta universal, ya que cada caso es diferente.

En lo personal recomiendo considerar la opción de deducir aportaciones sólo en el marco de que sigas una estrategia fiscal que así lo requiera.

Adicionalmente, hay muchos otros gastos personales que también son deducibles y no tienen estos inconvenientes. Por tanto, primero busca aprovecharlos.

Y si una vez analizado objetiva y fríamente, la conclusión es que sí te conviene deducir tus aportaciones, de todas maneras te sugiero contratar dos fondos para tu retiro:

  • Uno no deducible, para que así tengas capital disponible, lo que se traduce en libertad de acción
  • El otro deducible, realizando aportaciones por los montos que defina tu contador o asesor fiscal en base a tu relación entre ingresos y gastos.

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¡Éxito!

¿Cómo saber si eres beneficiario de un seguro o de las cuentas de un familiar fallecido?

Seguro de vida, Cuentas bancarias, AFORE y subcuenta de vivienda

El fallecimiento de un familiar, ya sea por causas naturales o por accidente, es uno de los hechos más lamentables en la vida. Después de la etapa de luto y del papeleo, hay ciertos trámites que no se deben dejar pasar y el cobro de los beneficios económicos es uno de éstos.

La recuperación de cuentas bancarias, AFORE, pensión o seguro de vida, es un derecho y en este artículo te explicaremos los pasos para llevar a cabo dichos cobros.

Seguro de vidaResultado de imagen para beneficiario seguro

La CONDUSEF ofrece un servicio llamado SIAB VIDA, con el que cualquier persona puede solicitar información que le permita saber si es beneficiario de uno o varios seguros de vida.

Para hacer uso del SIAB VIDA debes:

I. Llenar y firmar el formato de solicitud en cualquiera de nuestras Subdelegaciones

II. Anexar a la solicitud los siguientes documentos:

• Copia de la identificación oficial vigente del solicitante.

• Copia del acta de defunción del fallecido.

Estos documentos deberás entregarlos en la Subdelegación de tu Estado. Localiza la que se encuentre más cercana a tu domicilio en: https://www.gob.mx/tramites/ficha/informacion-sobre-asegurados-y-beneficiarios-de-seguros-de-vida-siab-vida/CONDUSEF5012

*Si el trámite se realiza a través de un apoderado o representante legal se deberá presentar el documento que compruebe su poder o representación.

Si fuiste designado beneficiario, se te informará el nombre de la aseguradora, así como la vigencia y número de póliza del seguro de vida.

La respuesta del SIAB VIDA se emite en un máximo de 30 días hábiles siguientes a la fecha de presentación de la solicitud.

En caso de que resultes ser beneficiario, deberás tener a la mano:

  • Identificación oficial.
  • Oficio derivado de la solicitud de SIAB-VIDA
  • Copia certificada por el Registro Civil del Acta de Defunción del asegurado.
  • En caso de muerte accidental, copia certificada de las actuaciones del Ministerio Público.
  • Documento que acredite parentesco con el asegurado.

 

Cuentas bancarias (ahorro, cheques o inversión)Resultado de imagen para cuentas bancarias

En la CONDUSEF tenemos un sistema de consulta que ofrece información a quienes tengan la duda de ser beneficiarios de alguna cuenta de cheques, ahorro o inversión de un usuario fallecido.

Al recibir la consulta por parte de los posibles beneficiarios, esta Comisión investiga y verifica, a través de las instituciones bancarias afiliadas a la Asociación de Bancos de México (ABM), la presunción como beneficiario y responde en un plazo de 60 días naturales a partir de la fecha de la consulta.

¿Cuáles son los requisitos?

I. Acudir a la subdelegación de la CONDUSEF que mejor le convenga, y elaborar la Solicitud de Beneficiarios de Cuentas de Depósito, presentando:

  • Copia del acta de defunción del fallecido.
  • Identificación oficial vigente (INE, pasaporte, certificado de matrícula consular).

Cabe señalar que en caso de obtenerse una respuesta positiva a la localización de información, se deberá acudir ante la Unidad Especializada de Atención a Usuarios (UNE) de la Institución, para darle seguimiento al proceso.

 

Cuenta de ahorro para el retiro (AFORE)Resultado de imagen para afore

En este caso, debes saber que existen dos tipos de beneficiarios: los legales (viuda o viudo, hijos de 16 o hasta 25 años si se encuentran estudiando, padres y concubinos) y los sustitutos (en caso de que no haya ningún beneficiario legal designado).

Para poder reclamar la cuenta de AFORE:

I. Se deberá acudir a la Subdelegación del IMSS o de Prestaciones Económicas del ISSSTE, para que emita la resolución de pensión que corresponda.

II. En caso de ser Beneficiario Sustituto, deberá acudir a la Junta o Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje.

III. Posteriormente deberá acudir a la AFORE en la que se encontraba registrado el trabajador fallecido. Llenar el formato de Disposición de Recursos que le proporcionará la Administradora y presentar acta de defunción del titular de la cuenta, identificación oficial del fallecido y del solicitante, así como estado de cuenta de la AFORE.

Una vez procesada la solicitud, la Institución pondrá a disposición del beneficiario los recursos correspondientes en una sola exhibición.

 

Subcuenta de viviendaResultado de imagen para subcuenta de vivienda

El trámite para recuperar lo obtenido en la subcuenta de vivienda es muy parecido al de la cuenta de AFORE.

Para ello deberás acudir directamente a las oficinas del Infonavit o Fovissste, donde te solicitarán como mínimo:

  • Copia del acta de defunción del fallecido.
  • Identificación oficial vigente del fallecido y del solicitante (INE, pasaporte certificado de matrícula consular).
  • Copia del Estado de Cuenta del Fondo para la Vivienda (no mayor a tres meses).

Después de presentar toda la documentación necesaria, la institución deberá dar respuesta en un plazo de 10 días.

Recuerda que en caso de tener una resolución negativa o de requerir asesoría, puedes acercarte a las oficinas de CONDUSEF, o contáctanos para brindarte asesoría.